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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recuerda que este jueves 3 de julio vence el plazo para el registro e inscripción de medios de comunicación interesados en habilitarse para la difusión de propaganda electoral, en el marco de la Elección de Autoridades y Representantes del Estado Plurinacional de Bolivia 2025.
De acuerdo con lo establecido en la actividad 5 del calendario electoral, el registro debe realizarse digitalmente en el Sistema de Monitoreo de Propaganda Electoral del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde).
Según lo dispuesto en el Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral, están obligados a registrarse todos los medios de comunicación tradicionales y digitales con dominio propio, con sus respectivas redes sociales, que deseen difundir propaganda electoral pagada.
El registro comenzó el 4 de abril y establece que los medios de comunicación tradicionales o digitales deberán consignar las tarifas de publicidad y de transmisiones en vivo o en diferido, además de declarar si su cobertura es de alcance nacional, departamental, regional o municipal.
Asimismo, el reglamento establece que aquellos medios no registrados que emitan propaganda electoral serán identificados a través de los reportes de monitoreo del Sifde. También se monitorearán cuentas en redes sociales que difundan desinformación, propaganda prohibida o mensajes de odio, racismo, misoginia o discriminación.
Si se detectara este tipo de mensajes, el TSE publicará en su portal web una nómina con los enlaces o URL de estos medios de comunicación para conocimiento de la ciudadanía.
Requisitos para el registro
Para completar el registro, los medios deben presentar de manera digital los siguientes documentos:
Es importante destacar que las tarifas registradas no podrán exceder el promedio de las cobradas por publicidad comercial durante el semestre previo y deben ser iguales para todas las organizaciones políticas.
Subsanación y habilitación
En caso de omisiones subsanables, el Tribunal Electoral otorgará un plazo de cuatro días calendario desde la notificación por correo electrónico para corregir la documentación.
Una vez verificado el cumplimiento de todos los requisitos, el Tribunal Supremo Electoral procederá a habilitar al medio de comunicación. Cinco días calendario después del cierre del plazo de registro, la lista de medios de comunicación habilitados será publicada en la página web institucional junto al detalle de tarifas inscritas.
Para más información, los medios de comunicación interesados pueden ingresar al portal web oficial del Órgano Electoral Plurinacional https://www.oep.org.bo/
Según lo dispuesto en el Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral, están obligados a registrarse todos los medios de comunicación tradicionales y digitales con dominio propio, con sus respectivas redes sociales, que deseen difundir propaganda electoral pagada.
El registro comenzó el 4 de abril y establece que los medios de comunicación tradicionales o digitales deberán consignar las tarifas de publicidad y de transmisiones en vivo o en diferido, además de declarar si su cobertura es de alcance nacional, departamental, regional o municipal.
Asimismo, el reglamento establece que aquellos medios no registrados que emitan propaganda electoral serán identificados a través de los reportes de monitoreo del Sifde. También se monitorearán cuentas en redes sociales que difundan desinformación, propaganda prohibida o mensajes de odio, racismo, misoginia o discriminación.
Si se detectara este tipo de mensajes, el TSE publicará en su portal web una nómina con los enlaces o URL de estos medios de comunicación para conocimiento de la ciudadanía.
Requisitos para el registro
Para completar el registro, los medios deben presentar de manera digital los siguientes documentos:
- Carta de solicitud dirigida al Tribunal Electoral correspondiente (TSE o TED), firmada por la persona propietaria o representante legal.
- Poder notariado, si corresponde.
- Cédula de identidad del propietario/a o representante legal.
- NIT del medio de comunicación.
- Declaración jurada de no tener impedimentos para la difusión de propaganda electoral.
- Declaración jurada de tarifas del medio (en bolivianos), para cobertura nacional y departamental.
Es importante destacar que las tarifas registradas no podrán exceder el promedio de las cobradas por publicidad comercial durante el semestre previo y deben ser iguales para todas las organizaciones políticas.
Subsanación y habilitación
En caso de omisiones subsanables, el Tribunal Electoral otorgará un plazo de cuatro días calendario desde la notificación por correo electrónico para corregir la documentación.
Una vez verificado el cumplimiento de todos los requisitos, el Tribunal Supremo Electoral procederá a habilitar al medio de comunicación. Cinco días calendario después del cierre del plazo de registro, la lista de medios de comunicación habilitados será publicada en la página web institucional junto al detalle de tarifas inscritas.
Para más información, los medios de comunicación interesados pueden ingresar al portal web oficial del Órgano Electoral Plurinacional https://www.oep.org.bo/