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El 22 de marzo, un total de 370.517 ciudadanas y ciudadanos habilitados en el Padrón Electoral Biométrico acudirán a las urnas en Chuquisaca para elegir a 208 autoridades departamentales y municipales, en el marco de las Elecciones Subnacionales 2026.
Para este propósito fueron sorteados 10.548 juradas y jurados electorales que cumplirán sus funciones en 1.758 mesas de sufragio, distribuidas en 485 recintos electorales habilitados en todo el departamento.
Este proceso de elección de autoridades departamentales, regionales y municipales definirá el rumbo político y administrativo del departamento para los próximos cinco años, con la renovación del Órgano Ejecutivo departamental y de las instancias legislativas y municipales.
Elección departamental
En las 10 provincias del departamento, la población elegirá a un Gobernador o Gobernadora, máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca. La persona electa tendrá la responsabilidad de dirigir la administración departamental y promover el desarrollo integral en los ámbitos económico, social y cultural.
Entre sus principales funciones se encuentran la ejecución de políticas públicas, la administración de recursos y regalías, y la coordinación con los 28 gobiernos municipales del departamento.
En el ámbito legislativo se elegirán 10 asambleístas departamentales por territorio, uno por cada provincia, mediante el sistema de mayoría simple; 11 asambleístas departamentales por población, en circunscripción departamental, bajo el sistema proporcional; y cuatro asambleístas indígena originario campesinos, electos conforme a sus normas y procedimientos propios.
Los asambleístas conforman la Asamblea Legislativa Departamental (ALD), órgano encargado de legislar, fiscalizar al Ejecutivo y aprobar el presupuesto departamental. En el caso de los representantes indígena originario campesinos, su participación incorpora una mirada territorial y cultural propia a fin de fortalecer la inclusión y la diversidad en la toma de decisiones.
Elección municipal
En el nivel municipal, Chuquisaca elegirá 28 alcaldesas o alcaldes y 153 concejalas y concejales, cada uno con sus respectivos suplentes. Asimismo, en el municipio de San Lucas se designará un concejal indígena originario campesino, elegido por normas y procedimientos propios.
Los alcaldes se constituyen en la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal y son elegidos por voto popular para un periodo de cinco años. Entre sus funciones está dirigir la administración municipal, ejecutar el presupuesto, promulgar leyes municipales, garantizar la prestación de servicios básicos y promover el desarrollo productivo, social y económico local.
Por su parte, los concejales integran el Órgano Legislativo municipal. Sus atribuciones incluyen dictar normas municipales, fiscalizar los actos del Ejecutivo y deliberar sobre políticas públicas, desarrollo local y el uso de los recursos municipales.
El número de concejales varía según la población de cada municipio y su elección se realiza en listas separadas de las candidaturas a Alcalde o Alcaldesa, mediante el sistema proporcional.
Este proceso de elección de autoridades departamentales, regionales y municipales definirá el rumbo político y administrativo del departamento para los próximos cinco años, con la renovación del Órgano Ejecutivo departamental y de las instancias legislativas y municipales.
Elección departamental
En las 10 provincias del departamento, la población elegirá a un Gobernador o Gobernadora, máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca. La persona electa tendrá la responsabilidad de dirigir la administración departamental y promover el desarrollo integral en los ámbitos económico, social y cultural.
Entre sus principales funciones se encuentran la ejecución de políticas públicas, la administración de recursos y regalías, y la coordinación con los 28 gobiernos municipales del departamento.
En el ámbito legislativo se elegirán 10 asambleístas departamentales por territorio, uno por cada provincia, mediante el sistema de mayoría simple; 11 asambleístas departamentales por población, en circunscripción departamental, bajo el sistema proporcional; y cuatro asambleístas indígena originario campesinos, electos conforme a sus normas y procedimientos propios.
Los asambleístas conforman la Asamblea Legislativa Departamental (ALD), órgano encargado de legislar, fiscalizar al Ejecutivo y aprobar el presupuesto departamental. En el caso de los representantes indígena originario campesinos, su participación incorpora una mirada territorial y cultural propia a fin de fortalecer la inclusión y la diversidad en la toma de decisiones.
Elección municipal
En el nivel municipal, Chuquisaca elegirá 28 alcaldesas o alcaldes y 153 concejalas y concejales, cada uno con sus respectivos suplentes. Asimismo, en el municipio de San Lucas se designará un concejal indígena originario campesino, elegido por normas y procedimientos propios.
Los alcaldes se constituyen en la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal y son elegidos por voto popular para un periodo de cinco años. Entre sus funciones está dirigir la administración municipal, ejecutar el presupuesto, promulgar leyes municipales, garantizar la prestación de servicios básicos y promover el desarrollo productivo, social y económico local.
Por su parte, los concejales integran el Órgano Legislativo municipal. Sus atribuciones incluyen dictar normas municipales, fiscalizar los actos del Ejecutivo y deliberar sobre políticas públicas, desarrollo local y el uso de los recursos municipales.
El número de concejales varía según la población de cada municipio y su elección se realiza en listas separadas de las candidaturas a Alcalde o Alcaldesa, mediante el sistema proporcional.






