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El sábado 3 de mayo concluye el plazo para el registro de empresas, medios de comunicación, instituciones académicas y otras entidades que tienen previsto realizar estudios de opinión en materia electoral para las Elecciones Generales 2025, recordó el presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Oruro, Limber Arroyo. La autoridad electoral informó que, hasta la fecha, no existen entidades interesadas en Oruro.
El Presidente del TED Oruro precisó que el Órgano Electoral Plurinacional estableció como requisitos:
La normativa electoral define los estudios de opinión como aquellos que constituyen encuestas, boca de urna o conteos rápidos, establecidos en el Reglamento para la Elaboración y Difusión de Estudios de Opinión en Materia Electoral para las Elecciones Generales 2025, aprobado mediante Resolución TSE-RSP-ADM N.º 232/2025, de 16 de abril de 2025.
De manera que las encuestas preelectorales son “estudios cuantitativos de percepción ciudadana realizados con carácter previo a la votación, para conocer las preferencias electorales, la intención de voto y tipos de voto (blanco o nulo), respecto a determinadas organizaciones políticas, alianzas y candidaturas en un proceso electoral”, indicó Arroyo.
Mientras que la boca de urna se conceptualiza como “estudios cuantitativos realizados de manera presencial (cara a cara) durante la jornada de votación, en recintos electorales seleccionados dentro de una muestra aleatoria y probabilística, para conocer la orientación del voto mediante consultas realizadas a los electores inmediatamente después de haber sufragado. Su difusión se realizará cuando la muestra esté procesada al menos en un 95 % a nivel nacional y al menos en un 90 % a nivel departamental o municipal”, dijo la autoridad.
Finalmente, señaló que el conteo rápido es definido como “estudios cuantitativos realizados de manera presencial al concluir la jornada de sufragio, para conocer la tendencia de los resultados mediante el relevamiento de datos del conteo de votos en las mesas de sufragio, incluidas en una muestra aleatoria y probabilística. Su difusión se realizará cuando la muestra esté procesada al menos en un 95 % a nivel nacional y al menos en un 90 % a nivel departamental o municipal”.
El periodo de difusión de encuestas será desde el 20 de mayo hasta el domingo 10 de agosto, según el calendario electoral.
ELL/RY/TED Oruro
- Copia simple de la cédula de identidad vigente del representante legal y copia simple del poder correspondiente.
- Copia simple del Número de Identificación Tributaria (NIT).
- Domicilio legal, número de teléfono, WhatsApp y dirección de correo electrónico, para fines de notificación.
- Fotocopias simples de los documentos que acrediten la experiencia de los solicitantes en la realización de estudios de opinión.
- Nómina y hojas de vida del equipo técnico especializado que realizará los estudios de opinión: director/a o coordinador/a, profesional temático, profesional estadístico y supervisor/a.
La normativa electoral define los estudios de opinión como aquellos que constituyen encuestas, boca de urna o conteos rápidos, establecidos en el Reglamento para la Elaboración y Difusión de Estudios de Opinión en Materia Electoral para las Elecciones Generales 2025, aprobado mediante Resolución TSE-RSP-ADM N.º 232/2025, de 16 de abril de 2025.
De manera que las encuestas preelectorales son “estudios cuantitativos de percepción ciudadana realizados con carácter previo a la votación, para conocer las preferencias electorales, la intención de voto y tipos de voto (blanco o nulo), respecto a determinadas organizaciones políticas, alianzas y candidaturas en un proceso electoral”, indicó Arroyo.
Mientras que la boca de urna se conceptualiza como “estudios cuantitativos realizados de manera presencial (cara a cara) durante la jornada de votación, en recintos electorales seleccionados dentro de una muestra aleatoria y probabilística, para conocer la orientación del voto mediante consultas realizadas a los electores inmediatamente después de haber sufragado. Su difusión se realizará cuando la muestra esté procesada al menos en un 95 % a nivel nacional y al menos en un 90 % a nivel departamental o municipal”, dijo la autoridad.
Finalmente, señaló que el conteo rápido es definido como “estudios cuantitativos realizados de manera presencial al concluir la jornada de sufragio, para conocer la tendencia de los resultados mediante el relevamiento de datos del conteo de votos en las mesas de sufragio, incluidas en una muestra aleatoria y probabilística. Su difusión se realizará cuando la muestra esté procesada al menos en un 95 % a nivel nacional y al menos en un 90 % a nivel departamental o municipal”.
El periodo de difusión de encuestas será desde el 20 de mayo hasta el domingo 10 de agosto, según el calendario electoral.
ELL/RY/TED Oruro