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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recuerda a las organizaciones políticas y a la sociedad civil que está prohibida la propaganda electoral que utilice de manera directa o indirecta símbolos y/o referencias religiosas de cualquier naturaleza o credo, tal y como establece la Ley del Régimen Electoral N° 026, artículo 119, numeral I, inciso g).
El día de las Elecciones, los jurados electorales llenarán con el numeral cero (0) las casillas vacías en la sección de cómputo de votos de las actas de escrutinio, y si no hubiera observaciones, marcarán la casilla con una línea transversal, comunicó el Tribunal Supremo Electoral a los delegados de ocho partidos y alianzas políticas que participan en las Elecciones Generales del 3 de mayo.